Por el control de los servicios públicos
- Por Haydée Breslav
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En la sede de la Asociación de Comerciantes, Industriales, Profesionales y Emprendedores de la Avenida San Martín y Adyacencias (ACASMA), ubicada en la calle Magariños Cervantes 1338, del barrio de La Paternal, se ofreció una charla informativa sobre las funciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad.
La actividad estuvo enmarcada en el programa resultante del convenio suscripto recientemente entre ese organismo y la Federación de Industria y Comercio de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA), en virtud del cual, según se informó, se ha implementado un mecanismo de recepción de reclamos por anomalías en esos servicios, que estará a cargo de las asociaciones adheridas, y la Federación elevará al Ente “solicitando su intervención y la sanción correspondiente”.
Asistieron comerciantes locales y referentes de los centros comerciales de las avenidas San Martín, Nazca y Gaona y de los barrios de Monte Castro, Floresta Norte, Vélez Sarsfield, Villa Devoto, Villa del Parque, Chacarita y Villa Crespo.
La apertura estuvo a cargo del presidente de ACASMA, Fabián Castillo. “Debido a las necesidades que cada una de las instituciones adheridas a la Federación de Industria y Comercio de la Ciudad de Buenos Aires ha manifestado, nos dimos cuenta de que había situaciones transversales a la mayoría, que tenían que ver con el espacio público y empresas de servicios de la ciudad vinculadas con él”, explicó.
En consecuencia, prosiguió, “se firmó con el Ente un convenio de reciprocidad, de manera que nosotros les enviamos la información sobre esas necesidades y los consiguientes reclamos, para que ellos los lleven a un resultado positivo”.
Seguidamente habló Marcelo Treguer, gerente de Usuarios del Ente, quien refirió que este “nace dentro de la lógica del proceso de autonomía porteña”, dentro de la cual “en 1996 se concreta la sanción de la Constitución de la Ciudad”, en la que “dos artículos, el 138 y el 139, definen la creación y función de este organismo”. Mencionó asimismo la ley 210 de la Ciudad, que “reglamenta lo que dice la Constitución en relación a este organismo” y “le definió un claro carácter de control”.
Dijo después que “este organismo tiene, según la Constitución y la ley, tres ejes rectores de actuación institucional” que son “la defensa del consumidor y del usuario, la defensa de la competencia y la defensa del medio ambiente”.
Expresó en ese sentido que “lo que intenta hacer dentro del ámbito específico de la Ciudad es concretizar y hacer operativo lo que tiene que ver con esa defensa del consumidor y del usuario”, y “dentro de esta dinámica” se refirió a “los habitualmente llamados servicios públicos, esos servicios esenciales que el Estado dice que ‘son tan importantes que tenemos que regularlos de determinada manera’”.
Aclaró que “lo que hace este organismo es controlar la calidad de las prestaciones”, pero no de “todos los servicios públicos que podemos recibir en la ciudad”. Y precisó: “No estamos hablando de los que han quedado bajo órbita nacional, como energía eléctrica, gas natural, agua ni telefonía: estamos hablando de otros servicios, relacionados fundamentalmente con lo que sucede en la vía pública”.
Al respecto, puntualizó que “este control lo hace utilizando fundamentalmente dos grandes canales, uno es el que habitualmente llamamos de oficio, es decir que el organismo define una determinada cantidad de controles que se van a hacer, generalmente, en un ejercicio anual”.
“Y el otro”, prosiguió, “es el que se encauza a través de lo que los vecinos nos digan a propósito de una anomalía determinada con respecto a algún servicio público bajo nuestra competencia, de modo que a consecuencia de ese reclamo, consulta o denuncia, se puedan generar, desde el organismo, medidas para solucionar ese problema”.
Explicó a continuación que “el organismo controla diversos servicios públicos, muchos de ellos muy distintos entre sí” y que “de acuerdo con cada uno de estos servicios hay distintas formas de llevar adelante la tramitación”.
Así, detalló que “en general, lo que se hace es ir a fiscalizar si lo que el vecino dice que está pasando es realmente así, porque en ese ínterin se pudo haber solucionado, y ya definir mediante esa fiscalización el punto cero de la posible sanción a la empresa”.
En cuanto a la función sancionatoria, precisó que “si el organismo fiscaliza positivamente una anomalía que está existiendo y que, de acuerdo con la normativa por la cual la prestadora tiene que efectuar la prestación, no corresponde que se dé, se inicia un proceso de sumario y de sanción”.
Por último, destacó que “el organismo también sanciona” y que “esa es una de las conclusiones de su trabajo”, pero observó que “el primer objetivo es que la ciudad esté cada vez mejor y tenga mejores servicios públicos, y la sanción es lo último”.
Seguidamente habló Javier Marcos, jefe del Área de Relaciones con la Comunidad del Ente, quien empezó por enumerar los servicios que aquel regula, y que son los relacionados con autopistas urbanas, estacionamiento (concesionado y medido), captación fotográfica de infracciones o fotomultas, transporte público de pasajeros (colectivos, subte y premetro y taxis), transporte escolar, residuos patogénicos y peligrosos, alumbrado público, señalamiento luminoso, tendidos de TV por cable y transmisión de datos e higiene urbana.
De acuerdo con la ley 210, definió a continuación al Ente como “un organismo que es público, tiene personería jurídica y legitimación procesal, es decir que puede presentarse por sí mismo ante Tribunales, e independencia funcional, lo que quiere decir que no recibe órdenes de la Legislatura, del Poder Judicial ni del Poder Ejecutivo”.
“Es un organismo autárquico”, prosiguió, “de la misma manera que lo son los otros organismos que la Constitución de la Ciudad prevé como sistema de control”. Y enumeró: “La Sindicatura, la Defensoría, la Auditoría y la Procuración”.
Posteriormente puso de manifiesto que, a diferencia de “los entes reguladores de los servicios de alcance nacional, que tienen la característica de que regulan un solo servicio, este organismo abarca gran cantidad de servicios”, y puntualizó: “No es un organismo que tiene muchísima gente, no tiene mil o dos mil personas, son comparativamente muy pocas, deben ser cuatrocientas o quinientas”.
Por otra parte, precisó: “Y no es exactamente una regulación lo que hacemos: no decimos cuánto va a tener que costar el taxi, cuánto el peaje de la autopista; quien tiene la regulación es la Ciudad de Buenos Aires, a través del Ejecutivo o de alguna autoridad de aplicación, nosotros tenemos exclusivamente el control”.
Después de recomendar el empleo del Manual del usuario, un voluminoso y lujoso folleto previamente repartido entre la concurrencia, el funcionario describió el funcionamiento del organismo a partir de un reclamo concreto.
“Usted llama hoy porque, por ejemplo, no retiran los residuos o hay un caso de residuos patogénicos o peligrosos; eso se recibe en Atención al Usuario, pasa a Control y Control envía a una persona que toma fotografías que constatan que no se retiraron, y al día siguiente vuelve a pasar y marca las bolsas; si aún están ahí al otro día, la empresa está en infracción”, pormenorizó.
Y concluyó: “La experiencia indica que el solo hecho de plantearle a una empresa de higiene urbana un sumario hace que inmediatamente resuelva el problema”.
La siguiente parte del encuentro estuvo dedicada a las consultas formuladas por los asistentes, vinculadas justamente, en su mayoría, a inconvenientes provocados por el servicio de higiene urbana.





