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6 de marzo de 2013

BLOQUE DE COMUNEROS

Exhortan al Gobierno a aplicar fallo judicial


El Bloque de Comuneros, conformado por sendos integrantes de las quince juntas comunales no alineados con el oficialismo porteño ni con el nacional, emitió un duro documento en el que exhortan al Gobierno de la Ciudad a aplicar de inmediato la resolución judicial que dispuso la suspensión del decreto N° 376/11, de creación de las UAC (Unidades de Atención Ciudadana) y el traspaso de éstas a la órbita de las respectivas juntas comunales.

 

Integran el Bloque, por la Comuna 1, Marita Lavalle (Partido Socialista en el FAP); por la Comuna 2, Luciano Umérez (Movimiento Emancipador); por la Comuna 3, Alberto Lacherra (Partido Socialista Auténtico); por la Comunas 4, 5, 6, 7 y 8, respectivamente, Miguel Vayo, Patricia Machado, Martín Iommi, Jorge Sanmartino y Alejandra Camiña (todos ellos de Proyecto Sur); por las Comunas 9 y 10, respectivamente, Rubén Tzanoff y Maru Lopes (ambos del Movimiento Socialista de los Trabajadores [MST] en Proyecto Sur), por la Comuna 11, Paula Resels (Partido Socialista Auténtico); por la Comuna 12, Basilio Sioutis (Movimiento Emancipador); por la Comuna 13, Julieta Costa Díaz (Partido Socialista Auténtico); por la Comuna 14, Marcelo Charlon (Movimiento Emancipador) y por la Comuna 15, Carlos Méndez (Buenos Aires para Todos en Unidad Popular [FAP]).

Después de la elección de 2011, los miembros del Bloque se venían reuniendo informalmente para intercambiar información, conocimientos, puntos de vista y estrategias, a fin de llevar adelante la acción de cada uno en sus respectivas comuna.

Asimismo, participaron de encuentros realizados en la Legislatura, donde debatieron sobre distintos temas que hacen al efectivo cumplimiento de la Ley de Comunas y al buen funcionamiento y desarrollo de éstas.

A raíz del fallo judicial, el jueves 28 de febrero último concurrieron a la Secretaría de Descentralización y Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad para pedir una entrevista con el titular, Eduardo Macchiavelli, con el objeto de conocer en detalle las medidas que, en consonancia con ese fallo, tomará el Gobierno de la Ciudad para traspasar las competencias correspondientes a las respectivas comunas.

En la oportunidad fueron atendidos por el subsecretario Sergio Costantino, quien los citó para el próximo viernes 8 de este mes.

Por otra parte, los miembros del Bloque impulsaron en sus respectivas juntas comunales que se votara una resolución reclamando el traspaso inmediato de las competencias, atribuciones y presupuesto de las UAC a las comunas; hasta la fecha, y como informamos oportunamente, sólo se votó en la Comuna 15.

Ante este conjunto de circunstancias, el Bloque decidió elaborar un documento para que la ciudadanía se interiorizara fehacientemente de la situación y contara con elementos para formarse una opinión al respecto.

 

El documento

Se trata de un texto extenso, que abunda en duros conceptos y, a modo de acápite, requiere “que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo de Mauricio Macri, aplique de inmediato el fallo de la Justicia, o entrará en la ilegalidad constitucional y será responsable del caos institucional y de representación”.

 

El escrito comienza recordando que “hace unos días la Justicia falló a favor de las comunas suspendiendo provisoriamente, primero la aplicación del decreto 376/11, y luego declarando definitivamente ilegítimas a las UAC que creaba dicho decreto”.

Considera seguidamente que “si con el primer fallo avalaba una discusión acerca de la naturaleza de las UAC y el sentido de la descentralización, sentando un precedente inigualable, el segundo fallo se expide sobre la cuestión de fondo, eliminando definitivamente a las UAC como prolongación ilegítima de los CGPC”.

Y estima que “ahora es tiempo de exigir al Gobierno de la Ciudad que lo cumpla”.

 

Explicando el fallo

En el siguiente apartado, titulado “qué dice el fallo de la Justicia”, el documento explica en primer término que ese fallo “declara que las Unidades de Atención Ciudadana ‘van más allá del ejercicio de actividades desconcentradas del Ejecutivo, inmiscuyéndose en la coordinación de los servicios, en su disposición en las sede comunales y sus relaciones con la comunidad’, apela a la regla de la independencia de los poderes públicos y de los órganos constitucionales, y al mismo tiempo señala el sentido de ‘impenetrabilidad’ de las competencias de las comunas, marcando – una vez más - la diferencia con la desconcentración de servicios”.

Dice después que “retoma el carácter participativo de la democracia, tal como lo señala la Constitución de la Ciudad, como un elemento significativo a la hora de evitar ‘actos que signifiquen intromisión o menoscabo de las funciones de competencia exclusiva de las comunas o lesionen su participación en las competencias concurrentes’”.

Señala seguidamente que el fallo, “por último, cita la precisión de la Ley 3233 en relación al cronograma de transferencias” y sostiene que “en relación al decreto que declara ilegítimo (376/11), este fallo de la Justicia nos da la razón a los que decimos que ‘las UAC (Unidades de Atención Ciudadana) parecerían “subrogar” a los disueltos CGPC’, aclarando que la coordinación se debe llevar adelante en el marco de lo establecido por la ley 1777”.

Explica a continuación que “el decreto, siendo declarado un acto reglamentario de inferior jerarquía que desnaturaliza el sistema que la ley propone, por la vía de mantener en la estructura del gobierno central competencias que por decisión legislativa corresponden a las autoridades comunales, debe ser, según la Justicia con la que tenemos pleno acuerdo, ilegítimo, y por tanto sus funciones absorbidas por las Juntas Comunales”.

Finalmente, sostiene que “este fallo llega a hacer justicia en el sentido del proceso de descentralización, en el marco de un gobierno que ha abundado en incumplimientos” y anuncia: “Los queremos señalar, a modo de marco y balance, para que nos señale el camino de lo que hay que revertir”.

 

Los incumplimientos

Así, el apartado que sigue se titula precisamente “Los incumplimientos de Macri y su gobierno”, y se divide a su vez en dos partes, la primera de las cuales compendia aquellos que considera se cometen “en relación a las comunas”.

Entre ellos, ubica en primer término los vinculados con la Ley de Comunas, puntualizando que “meses antes de las elecciones, hubo un intento fallido por parte del macrismo” de modificarla “mediante un proyecto del diputado [Martín] Borrelli, que proponía eliminar muchos artículos, intentando quitarle todo vestigio de democracia participativa y control, concentrando todo el poder en los presidentes de las Juntas Comunales”.

El segundo párrafo, referido a la creación de las UAC (Unidades de Atención Ciudadana), hace saber que “este hecho fue denunciado como inconstitucional por nuestro bloque, que presentó acciones de amparo, para defender el proceso de descentralización de un gobierno que no tiene ningún reparo en pasar por sobre la Ley de Comunas, atribuyéndoles funciones a las UAC que corresponden a las Comunas, centrando todos los recursos y personal a que dicho organismo funcione mientras vacía las mismas, y prolongando la vida de los viejos CGPC cuando la Ley expresamente los anula”.

El tercer ítem, que concierne al presupuesto, consigna que “del indigno 0,4% asignado a las Comunas para el período 2012, a las comunas no llegaron más que 3 cajas chicas de $25.000, siendo el conjunto absorbido por la Subsecretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana (Jurisdicción 90)”.

Puntualiza que “no haber tenido presupuesto propio y jurisdicción significó que no pudimos ejecutar partidas, sólo recibimos ‘cajas chicas’ y que “la ‘unidad jurisdiccional’ que argumentan redunda en que sólo [el secretario de Descentralización y Atención Ciudadana, Eduardo] Macchiavelli, decide qué hacer con el dinero de las Comunas, incurriendo en una sistemática falta de consulta para la realización de obras”.

El cuarto párrafo se refiere al Consejo de Coordinación Intercomunal, y manifiesta que “no se conoce ni difunde el reglamento” de ese cuerpo que, “más que un Consejo creado por Ley que debiera ser público, abierto y transparente, son plenarios del PRO a los que nadie tiene el beneficio de tener acceso”. Dice también que “los temarios no se conocen, los presidentes van sin mandato de las Juntas y no se publican actas de sus reuniones”.

La jurisdicción comunal es el asunto del párrafo siguiente, que destaca que “en los presupuestos para los períodos 2012 y 2013, no se les otorgaron la correspondiente jurisdicción a las Comunas”, que “la Ley 4471 no tiene el correspondiente desglose, y no refleja las necesidades expresadas en los proyectos de ley de presupuesto que se elaboraron desde las Juntas Comunales y los Consejos Consultivos” y que “no crean 7 áreas sino 4, lo cual pone seriamente en duda la voluntad del Poder Ejecutivo de darle tareas a cada uno de los 105 comuneros de la Ciudad”.

El sexto y el séptimo ítems corresponden, respectivamente, a los recursos humanos y a los materiales. Sobre los primeros informa que “no se conoce la totalidad del personal de planta asignado a las Comunas, ni se cuenta con acceso a la información, ni se habilita a los comuneros a nombrar personal”, y sobre los segundos indica que “falta de oficinas, escaso espacio físico y falta de insumos materiales han sido el constante problema desde el 11 de diciembre de 2011”.

El siguiente párrafo, relativo al “software de gestión administrativa” es muy breve y dice que “en la mayoría de los casos, no se cuenta con usuario y contraseña al SADE y hasta la fecha se ha negado el acceso al SAP, SIGAF, SUACI, etcétera”.

El subsecuente, titulado “Medios de Difusión”, expresa que “la difusión de información y su contenido es centralizada por parte del Gobierno de la Ciudad”.

El décimo y último ítem de este apartado habla de las transferencias de competencias, y dice que “hasta la fecha no se ha cumplido con el cronograma de transferencias elaborado y  presentado por el gobierno macrista ante la Legislatura”, denunciando que “las Comunas han sido excluidas” en la “elaboración del Plan de Poda 2012”, que “en el traspaso de los guardianes de plaza a las Comunas, no se sabe el destino de los mismos”, que “se las ha excluido en la planificación, prestación y control en las licitaciones del Servicio de Higiene Urbana y Alumbrado Público” y que “no participó en la planificación de la transferencia del Poder de Policía, establecida por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 453/12”.

 

Las obras comunales

La segunda parte del apartado de los incumplimientos compendia los que considera se cometen “en relación a las obras comunales”.

Así, explica que “la regla general para la obra o la contratación de servicios por parte del Estado es la licitación pública, donde en un marco de mucha mayor transparencia y publicidad, compiten por la contratación todas las personas físicas o jurídicas interesadas en contratar con el Estado”.

“En cambio”, prosigue, “en la licitación privada la discrecionalidad del funcionario es amplísima, pues el mismo que está contratando es el que invita a una limitada cantidad de empresas (5) a presentar ofertas, y la publicidad del llamado a licitación es mínima, lo que atenta contra la obtención de mejores valores y alienta la concentración de las obras en un pequeño número de empresas”.

Afirma que “el que hizo de la excepción una regla es el secretario de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, Eduardo Macchiavelli”, quien “de un total de 32 procesos licitatorios, el 35% lo hizo por el mecanismo de licitación privada, repartiéndose entre cuatro empresas un total de  $ 8.742.320”.

Precisa que “el 95% de las obras licitadas corresponden a las competencias exclusivas de las Comunas, es decir, sólo de las Comunas, como lo establece la Constitución de la Ciudad y la Ley 1777”.

Remarca a continuación que “no se trata del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, se trata de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, que es la encargada de ejecutar el plan de transferencia de competencias a las comunas, que hasta hoy no lo ha puesto en marcha” y que “por el contrario, el secretario Eduardo Macchiavelli ejecuta dinero que deberían gestionar las comunas”.

Y sostiene que “está claro que las Juntas Comunales, con una integración plural y la atenta observación de los vecinos y organizaciones que participan en los Consejos Consultivos Comunales, garantizarían la administración de estos recursos públicos con mayor transparencia, eficiencia y apego a la legalidad”.

Por último, los firmantes convocan “a la más amplia movilización, exigiendo otro modelo de ciudad, para que en el marco de cumplimiento de este fallo de la Justicia se transfieran definitivamente las competencias exclusivas y concurrentes de las Comunas y se descentralice finalmente la toma de decisiones”.

 

Organizaciones de la Comuna 15

Por su parte, distintas organizaciones sociales, políticas y sindicales de la Comuna 15 suscribieron un comunicado en el que manifiestan:

“Tenemos claro que de la misma manera que llegamos hasta aquí, tenemos que continuar movilizados para lograr que se creen las necesarias estructuras administrativas para su aplicación efectiva. Por eso convocamos a los ciudadanos, medios de comunicación, organizaciones políticas, sociales y sindicales, a participar activamente de la aplicación de este fallo”.

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