Edición impresa mayo 2010
SUBE INGRESOS BRUTOS Y SE ESTUDIA UN IMPUESTO INMOBILIARIO “EQUITATIVO”
Legisladores en acción
Por Luciana Aghazarian para la Cooperativa EBC
A poco menos de un mes de la puesta en funcionamiento de la Comisión de la Reforma Tributaria, surgen más interrogantes que respuestas respecto del proyecto de ajuste impositivo porteño para el que fue creada la comisión especial. El proyecto oficial inicial proponía un ajuste del impuesto inmobiliario acorde a los valores de las propiedades en el mercado, bajo la consigna: “Que el que más tiene más pague”. Sin embargo, finalmente no se prevé para este año este tipo de aumento, pero sí se hará efectiva una suba del 0,5 por ciento en la alícuota de ingresos brutos, un impuesto que afecta el bolsillo del consumidor medio y popular.
A partir de la sanción de la Ley 3.400, por iniciativa del legislador por el bloque Nuevo Encuentro Gonzalo Ruanova, se creó a fines de 2009 la Comisión de la Reforma Tributaria. Entonces, el ministro de Hacienda Néstor Grindetti declaró que el objetivo era “lograr que el sistema sea progresivo, que el que más tiene más pague”. Considerando la desactualización de este gravamen en relación al incremento de la inflación, el Ejecutivo porteño puso en marcha un relevamiento “casa por casa” a fin de llevar a cabo una revaluación fiscal de los terrenos e implementar, a posteriori, un sistema tributario “más equitativo”.
En efecto, según datos oficiales, el impuesto inmobiliario –mal denominado “ABL”, ya que además del gravamen por Alumbrado, Barrido y Limpieza, comprende Pavimentos y Aceras, Sumideros, Contribución Territorial y Ley de Subtes (ver recuadro)– alcanza apenas al 10% de los recursos que la ciudad recauda. Sin embargo, lejos de una propuesta más equitativa, una de las primeras decisiones del año por parte del Gobierno de la Ciudad en materia impositiva será la suba en la alícuota de ingresos brutos: alcanzará a aquellas actividades económicas que ya se encuentren gravadas con un 3 por ciento, es decir que aquellos sectores que actualmente pagan por debajo o por encima del 3 por ciento, quedarán fuera de este nuevo canon.
Al respecto, el diputado Ruanova disparó: “Es una medida regresiva que castiga el consumo de las clases medias y populares. Más aún cuando no se aumentan las alícuotas de actividades que han tenido ganancias extraordinarias durante los últimos años y tributan con alícuotas especiales, como el sector de intermediación financiera, que contribuye con un 40 por ciento al total del impuesto sobre los ingresos brutos. Al contrario, se quiere aumentar la alícuota general que afectaría a gran parte de la actividad comercial, la educación, la construcción, actividades que deberíamos fomentar”.
Por su parte, el legislador por el bloque Igualdad Social Martín Hourest se quejó: “Es un sinsentido mantener medidas de protección al capital, costosas para la sociedad, si no existen mecanismos serios de medición de sus efectos reales en términos de distribución del ingreso, creación de empleo e incorporación de tecnología. Con esta modificación se insiste en aumentar la regresividad del sistema, pero no se acepta discutir en serio una reforma del impuesto sobre los ingresos brutos”. El diputado de la oposición precisó: “Entre otras medidas, deben ser alcanzadas por el impuesto sobre los ingresos brutos las operaciones sobre títulos, letras, bonos, obligaciones y papeles, y los depósitos a plazo fijo superiores a 100 mil pesos. Esta medida aportaría 2.000 millones de recaudación extra, necesarios para aumentar la provisión de bienes públicos”.
Lo cierto es que no se encuentra en la agenda de la Comisión de la Reforma Tributaria la propuesta de Hourest respecto de este impuesto ni tampoco, más allá del intercambio mediático, está planteado, al interior de este organismo, el debate sobre un ajuste del impuesto inmobiliario. De todas formas, tanto el oficialismo como la oposición coinciden en que la segunda discusión es necesaria y urgente. Las estadísticas oficiales arrojan que el impuesto al inmueble y a la radicación de vehículos (patentes) ha pasado de contribuir con un 24,3 por ciento en 2001 a un 14 por ciento en 2010; como contracara los impuestos al consumo, como ingresos brutos, aportan hoy el 59 por ciento de los recursos totales con que cuenta la ciudad.
En la primera reunión de la Comisión realizada el 18 de abril pasado, el titular de la agencia recaudadora porteña, Carlos Walter, presentó un avance del relevamiento casa por casa encarado por el Ejecutivo y declaró que al momento son 35.000 los inmuebles inspeccionados. Teniendo en cuenta que en la ciudad hay 1.700.000 propiedades, al finalizar el encuentro la oposición no tardó en burlarse del proyecto macrista: “Vamos a terminar en 2015”, ironizaban. Además, el legislador de Igualdad Social hizo hincapié en que el relevamiento sólo alcanzó a los inmuebles con una antigüedad inferior a 20 años, “y las edificaciones más caras –dijo– no necesariamente son las más recientes”. Así, las diferencias en cuanto al método de cálculo para aplicar un impuesto inmobiliario “justo y equitativo” demoran el proceso y desvían la mirada recaudatoria del Gobierno porteño.
Por su parte, el legislador del Pro y presidente de la Comisión Álvaro González explicó a la Cooperativa EBC que, además del diagnóstico “casa por casa”, cuentan con un índice estimativo de los precios de las propiedades de acuerdo a la zona, el valor del metro cuadrado, la capacidad constructiva de las parcelas y otros parámetros. Este índice fue elaborado por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) para evitar especulaciones evasivas a la hora del pago a la ciudad en concepto de sellos tras una operación inmobiliaria (en ocasiones, en el momento de firmar una escritura el valor de la propiedad figuraba un 40 por ciento por debajo del valor real). “De esta manera, se lograron valores de referencia [Valor Inmobiliario de Referencia: VIR] para cada propiedad que, en principio, se pondrán en práctica para los inmuebles de Palermo, Recoleta, Belgrano, Almagro, Retiro, Colegiales, Saavedra, Liniers, Puerto Madero y Coghlan. Estos barrios suman 672.300 partidas de ABL, sobre un total de 1.697.295, y se estaría incluyendo al resto de los barrios a fines de julio”, detalló el legislador macrista, a la vez que aseguró que no habrá aumento del impuesto inmobiliario para este año.
La Comisión de la Reforma Tributaria, además, estudia dos proyectos presentados por la oposición para gravar la renta financiera y la transmisión gratuita de bienes (herencia).
¿ABL o impuesto inmobiliario?
Ante la persistencia de funcionarios, legisladores y periodistas en llamar al “impuesto inmobiliario” simplemente ABL (Alumbrado, Barrido y Limpieza), es indispensable aclarar un poco el tema.
El Estado de la ciudad tiene facultades constitucionales para establecer tributos, tasas y contribuciones especiales, como lo es el impuesto sobre el patrimonio, que es un tributo directo que grava el patrimonio de las personas (físicas o jurídicas). Éste es el caso de los impuestos sobre los inmuebles y el parque automotor. El mal llamado “ABL” está compuesto por contribuciones y tasas de la siguiente manera:
-Contribución Territorial: escala creciente sobre el avalúo oficial con un mínimo de 6 pesos anuales y una alícuota máxima del 15 por mil del avalúo oficial.
-Contribución de Pavimentos y Aceras: 0,2 por mil del avalúo oficial.
-Tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza: 5,5 por mil del avalúo oficial.
-Tasa de Mantenimiento y Limpieza de Sumideros: 0,12 por mil del avalúo oficial.
-Ley Nacional 23.514 (Fondo Permanente para la Ampliación de la Red de Subterráneos): 5 por ciento sobre la contribución territorial.
-Contribución de Mejoras Ley Nacional 23.514: recae sobre los inmuebles ubicados en un radio de 400 metros de tránsito directo a la boca de acceso de cada línea nueva habilitada. El monto lo fija el Ejecutivo una vez calculado el costo final de la obra.
El avalúo se calcula sumando la valuación del terreno y del edificio. La valuación del terreno depende de la superficie y de la localización conforme al valor unitario de cuadra (VUC), que establece el Poder Ejecutivo mediante un decreto. La valuación del edificio depende de distintos parámetros: destino de uso, categoría, antigüedad y valor unitario de reposición. Los valores de estos parámetros los fija la Legislatura. Como podemos apreciar, es mucho más que el “ABL”.
En cuanto al peso específico de cada ítem sobre la recaudación total del impuesto inmobiliario, la Contribución Territorial aporta el 50 %, el ABL el 45 % y el resto el 5 %.