“Una lucha que consideramos trascendental”
- Por Haydée Breslav
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En el salón Montevideo de la Legislatura de la Ciudad Autónoma se realizó una audiencia pública durante la cual el miembro de ese cuerpo Gabriel Solano (PO-FIT) presentó un proyecto de su autoría para dejar sin efecto los beneficios económicos que otorga el Estado local a la Iglesia Católica.
Asistieron la diputada nacional (PO) Romina Del Plá, el legislador (mc) Marcelo Ramal, otros dirigentes de ese partido, representantes de organizaciones laicistas y estudiantiles y público.
En la oportunidad, Solano manifestó con referencia a su proyecto, al que denominó “de separación de Iglesia y Estado en la Ciudad”, que le había parecido oportuno presentarlo “teniendo en cuenta que hay en la Argentina un movimiento que está llevando adelante en las calles, en las universidades y en los colegios una lucha que consideramos trascendental” en ese sentido.
Añadió que le había parecido “también oportuno poder dar una precisión de lo que significa la separación de la Iglesia y el Estado en la Ciudad de Buenos Aires”.
Sin embargo, admitió que “es casi imposible saber exactamente cuáles son los beneficios económicos que tiene la Iglesia Católica en la Ciudad”, y puntualizó: “Nuestra investigación ha dado cuenta de algunas cuestiones, pero la totalidad del volumen económico que está en juego es muy difícil de saber”.
Para explicar ese tema se exhibió a continuación un power point que informaba, entre otras cosas, que la Arquidiócesis de la Ciudad posee un total de 308 establecimientos religiosos, con una superficie equivalente a 107 manzanas; que la última dictadura le cedió ocho valiosos terrenos al Arzobispado de Buenos Aires; que a su vez la Legislatura, en 2015, le cedió a ese organismo eclesiástico 17 propiedades, entre inmuebles y terrenos, por un total de 5,2 millones de dólares (lo cual, acotó Solano, fue votado por casi la totalidad de los diputados); que en la Ciudad la Iglesia Católica posee 304 escuelas y, además de los establecimientos religiosos y educativos, otras propiedades cuyo número se desconoce, entre las que se encuentra el estadio Luna Park, que el Arzobispado controla desde 2014.
Las placas mostraron, por otra parte, que la Iglesia Católica se ha visto beneficiada con exenciones impositivas y de pago de servicios, que le han significado un ahorro de centenares de millones de pesos, y que tiene su propia organización empresarial, la Asociación Cristiana de Dirigentes de Empresa (ACDE), que integran, entre otros, el Grupo Clarín, Telecom, Telefónica, los bancos Provincia, Galicia y Santander Río, Arcor, Sancor Seguros, IBM, Bagó, La Nación y Andreani. “La Iglesia no solamente es una empresa, sino que tiene una institución que actúa como un lobby especial dentro de la clase capitalista para llevar adelante sus objetivos generales”, comentó Solano.
Insistió en que “es imposible reconstruir todos los pliegues en los cuales el Estado y la Iglesia tienen una relación económica estrecha y cuál es exactamente el monto que está en juego”, y apuntó: “Acá aproximamos algunas cosas solamente en el caso de la Ciudad de Buenos Aires: desarrollen esto y extiéndanlo al conjunto del país, y estaremos hablando no de centenares sino de miles de millones de pesos, que la Iglesia los utiliza para presionar”.
Por último, destacó que “el Estado que tenemos es un Estado capitalista, y como Estado capitalista que lleva adelante un ajuste, necesita del apoyo de las instituciones de la Iglesia Católica y es por eso que está dispuesto a resignar económicamente una fuente de ingresos, pero tiene como compensación un apoyo político importante”.
Por su parte, Ramal empezó su intervención diciendo que “a pesar de que su Constitución no lo dice explícitamente, en la ciudad de Buenos Aires tenemos un Estado confesional” y aseguró: “El poderío económico que se desprende de todo este análisis que se hizo acá supera al de las corporaciones económicas más poderosas, inclusive aquellas que tienen negocios inmobiliarios en la ciudad como IRSA o Costantini, que empalidecen ante este poderío de la Iglesia”.
Contó luego que le había tocado “vivir un momento particularmente intenso y vergonzoso” refiriéndose al periodo legislativo en que “se votaron estas cesiones de predios valiosísimos, con una tasación de más de cinco millones de dólares, que fueron entregados definitivamente a la Iglesia”.
Refirió a continuación que “en ese periodo, prácticamente todos los jueves se votaba algo en favor del Vaticano y del nuevo papa Francisco, hasta beneplácitos por su cumpleaños y declarar lugar de interés la casa donde había nacido”.
Y prosiguió: “Era una larga ristra de actos de obsecuencia, que evidentemente tenían que ver con la voluntad de todos los partidos de la Legislatura de congraciarse con el Papa recién elegido y de cerrar vínculos en función de todos los objetivos reaccionarios y confesionales que acá se señalaron. Inclusive, dije en un momento en el recinto que celebraba esa sesión porque era la única en mucho tiempo en la cual no se había votado nada a favor del Papa”.
Subrayó que “la historia argentina está signada por el sometimiento al clero” y puso en claro que, “fuera del episodio excepcional en el cual Rivadavia expropió 150 propiedades a la Iglesia a comienzos del siglo XIX, y tal vez escarmentando por esa expropiación, la Iglesia Católica dominó todos los procesos, incluso el de formación del Estado argentino en su Constitución”.
Explicó en ese sentido que “ninguna reforma de la Constitución, y tampoco la de 1994, fue capaz de eliminar el sostenimiento del Estado a la Iglesia Católica, y esto abarca a nivel nacional el fracaso de los partidos que han gobernado la Argentina en establecer siquiera un Estado laico y una República con principios democráticos elementales”.
Advirtió no obstante que “hoy, esta fractura y esta crisis de Estado, marcadas por el choque que abrió el reclamo del aborto legal y la respuesta del Congreso, plantean una oportunidad política y la posibilidad de una transformación en este punto”.
Consideró asimismo que “esa crisis de Estado se conecta con otras fracturas que hoy, en la Argentina, son tan profundas y centrales como esta, porque vivimos en un país que no sabe si el año que viene va a poder pagar su deuda y donde los señores que Gabriel mostró que forman parte de la ACDE desfilan todos los días por Comodoro Py por haber organizado un régimen de coimas y sobreprecios en la obra pública”.
El proyecto
El proyecto consta de ocho artículos agrupados en cuatro capítulos y de cuatro cláusulas transitorias.
El primer capítulo, titulado “De las exenciones impositivas”, abarca tres artículos y dos cláusulas transitorias.
El artículo 1 expresa: “Déjense sin efecto las exenciones impositivas comprendidas en el Código Fiscal otorgadas a entidades religiosas estén registradas o no y cualquiera sea su conformación jurídica (lugares de culto, congregaciones, viviendas particulares o colectivas, fundaciones y ONG, incluidas las que se presentan como ‘de bien público’, empresas y entidades educativas)”.
El artículo 2 establece la derogación del “inciso 3 del artículo 43 del Código Fiscal que exime de tributos a ‘las entidades religiosas debidamente registradas en el organismo nacional competente’ y toda otra normativa que se contraponga a lo establecido en el artículo 1”.
En cuanto al artículo 3, dispone “las imposiciones tributarias correspondientes de acuerdo a las alícuotas establecidas por el Código Fiscal”.
El artículo 4 es una cláusula transitoria en virtud de la cual, “en un plazo no mayor a los 30 días posteriores a la sanción de la presente, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) hará público el listado de propiedades pertenecientes a entidades religiosas en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires detallando los beneficios impositivos establecidos antes de la sanción de la presente ley”.
También es una cláusula transitoria el artículo 5, que establece que “la dirección Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) deberá hacer un revalúo fiscal de las propiedades en cuestión para adecuarlas a su valor real de mercado, en un plazo no mayor a 60 días”.
El Capítulo 2 lleva por título “Del fin de las cesiones y permisos de uso a título precario y gratuito” y contiene un artículo y una cláusula transitoria.
Así, el artículo 6 dispone que se deroguen “todas las cesiones de inmuebles a título de uso precario y gratuito a favor de entidades religiosas”.
El artículo 7 es una cláusula transitoria, según la cual “en un plazo no mayor a los 60 días posteriores a la sanción de la presente, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) hará público el listado de propiedades de dominio del estado de la Ciudad otorgadas a entidades religiosas a título de uso precario y gratuito para proceder a su tasación y estipulación de un alquiler”.
Componen el Capítulo 3, titulado “De la anulación de la cesión de terrenos al Arzobispado de Buenos Aires”, dos breves artículos.
El artículo 8 expresa que “queda derogada la ley N° 5446/2015”, y el artículo 9 que “se tasarán todos los inmuebles detallados en los anexos I al V de la ley N° 5446 con el objetivo de estipular un alquiler”.
El Capítulo 4, titulado “Del fin de los subsidios a cargo del Tesoro”, incluye los dos últimos artículos y una cláusula transitoria.
El artículo 10 dispone que se derogue “la Ordenanza 34.296/1978 (subsidio a la Catedral Metropolitana) y toda otra norma que implique subsidios a cargo del Tesoro para el pago de servicios públicos a entidades religiosas”.
El artículo 11 es una cláusula transitoria en virtud de la cual “se constituye en el seno de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una comisión de seguimiento del cumplimiento de la presente ley que producirá un informe público a los 90 días con la integración de todos los bloques interesados”.
El artículo 12 es de forma.