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Se prorrogó el vencimiento del ABL

Se prorrogó el vencimiento del ABL

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) informó que se prorrogó el vencimiento de las boletas del impuesto Inmobiliario/ABL para la cuota 1, la anual y la boleta única hasta el 31 de este mes.

Se hizo saber asimismo que las boletas de la primera emisión de 2020 (cuotas 1, 2, 3, anual y única), en sus versiones online y electrónica, ya están disponibles para su visualización y descarga en la página web de ese organismo recaudador.

En cuanto a las boletas en papel, se anunció que estarán llegando a los hogares a partir del lunes 20 de este mes.

Por lo que hace a los grandes contribuyentes, el vencimiento de la primera cuota correspondiente a este mes se ha fijado para el lunes 20, y el de la cuota anual para el viernes 31.

La AGIP puso de manifiesto que este impuesto grava a todos los inmuebles situados en la Ciudad, obliga al pago de un tributo de carácter anual, dividido en 12 cuotas mensuales, y está conformado por la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros (igual para todos) y el Impuesto Inmobiliario (progresivo y con alícuotas).

La prórroga se dispuso a consecuencia de las modificaciones que el Gobierno de la Ciudad, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Tarifaria N° 6280, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma el 5 de diciembre último, efectuó en la metodología para calcular el monto de este impuesto, cuya actualización, según ese cuerpo colegiado, “se realizará mensualmente y de manera progresiva”.

Así, “teniendo en cuenta el contexto económico actual”, se decidió que este año el impuesto no se ajuste de acuerdo con la inflación pasada, la cual alcanzó el 52% interanual, sino que se actualice “de forma gradual, ubicando el monto del tributo por debajo de lo que establecía la metodología de años anteriores”, que “afectaba al vecino desde la primera cuota”, y con el objeto de “aliviar al contribuyente con un esquema paulatino a lo largo del ejercicio fiscal”, según señaló la Legislatura.

Es así como el nuevo esquema establece que para el cálculo de cada cuota mensual del ejercicio 2020 se utilice el IPCBA [Índice de Precios al Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires, medido por la Dirección General de Estadística y Censos del Gobierno de la Ciudad] de cinco meses anteriores, tomando para el primer mes del año el IPCBA de agosto de 2019; para febrero de 2020 se usará como indicador el IPCBA de septiembre, y así sucesivamente en los meses subsiguientes. De este modo, el actual incremento será del 3,4% con respecto a diciembre último.

El nuevo sistema contempla además un conjunto de descuentos y bonificaciones. Entre estas últimas está la que premia el buen cumplimiento, que beneficia a los contribuyentes que hayan pagado a término todas las cuotas de 2019 y no registren deuda vencida, quienes recibirán un 10% de bonificación, que se aplicará sobre cada una de las cuotas mensuales de este año; en el caso de que opten por el pago anticipado, el beneficio se aplicará en su totalidad a la cuota anual.

También se ha dispuesto un descuento por adhesión a débito automático, que favorece a los contribuyentes que no registren deudas y adhieran al débito automático antes del 30 de junio próximo, a quienes se les bonificará el 100% de la última cuota (cuota 12) del impuesto. Se aclaró que este descuento solo alcanza a personas humanas que hayan recibido la bonificación por buen cumplimiento de pago, y siempre que las partidas estén correctamente titularizadas.

Por su parte, los contribuyentes que opten por pagar el impuesto anual por adelantado cancelarán completamente su impuesto correspondiente al año actual abonando un incremento de solo el 15% con relación al año anterior. Se recuerda que la cuota anual tiene una sola fecha de pago, pasada la cual solo se puede abonar en cuotas.

Se recuerda asimismo que, cuando el impuesto anual no supera los $1.380, se emite una cuota única y el contribuyente gozará del mismo beneficio.

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