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TRAS CARTÓN   La Paternal, Villa Mitre y aledaños
 21 de abril de  2026
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El espíritu municipal de Sarmiento

El próximo 5 de julio, la ciudadanía porteña elegirá, junto a los nuevos jefe y vicejefe de Gobierno y a treinta diputados de la Ciudad, a los siete miembros de cada una de las quince juntas comunales. De este modo el voto popular decidirá por segunda vez la conformación de esos ejecutivos colegiados, renovando una experiencia que, aunque novedosa, reconoce un ilustre antecedente que se remonta a 1856, cuando se constituyó el primer gobierno municipal y Domingo Faustino Sarmiento, que lo integraba, prodigaba ideas en debates y escritos para demostrar “lo que en bien común puede hacer una corporación que estimule, reconcentre y dirija los esfuerzos y los deseos de los vecinos, para la consecución de muchos objetos de interés recíproco”.

Si bien fue Justo José de Urquiza quien, el 2 de septiembre de 1852, creó la Municipalidad de Buenos Aires, la institución no llegó a constituirse porque nueve días después estalló la revolución que derivó en la secesión del Estado de Buenos Aires, cuya Legislatura dictó su propia Constitución el 11 de abril de 1854. En octubre de ese año, el cuerpo sancionó la Ley 35, que en su primer artículo establecía “una Municipalidad para la ciudad de Buenos Aires en los límites de sus once parroquias, compuesta de 21 Municipales y un Vicepresidente” y designaba al ministro de Gobierno como “el Presidente nato de la corporación”.

“Cada parroquia nombrará dos municipales y un suplente, la elección se hará popularmente por los vecinos de la parroquia”, expresaba el artículo 4, en tanto que, en virtud del 6, “el Vicepresidente y dos suplentes serán nombrados, a propuesta en terna que haga la Municipalidad entre sus miembros, por el Gobierno”.

Dos años después se realizó la primera elección que consagró, por la parroquia de Catedral al Norte, a Domingo Faustino Sarmiento y José María Cassafousth; por Catedral al Sur, a Miguel de Azcuénaga e Isaac Fernández Blanco; por San Miguel, a Gabriel Fuentes y Bruno González; por San Nicolás, a José Mármol y Cayetano Cazón; por El Socorro, a José Ignacio Robles y José María Martínez; por El Pilar, a Lorenzo Uriarte y Mariano Saavedra; por San Telmo, a Felipe Botet y José María Lagos; por Montserrat, a Justo Villanueva y Marcos Muñoz; por Balvanera, a Juan Rubio y Pedro Nata; por Concepción, a Emilio Agrelo y Agustín Eguía, y por La Piedad, a Lorenzo Torres y Martiniano Paso.

El flamante órgano de gobierno, llamado Corporación Municipal, celebró su primera sesión el 3 de abril de 1856.

Como no podía ser de otra manera, también la cuestión municipal mereció precisas y contundentes opiniones de parte de Sarmiento, quien las manifestó en muchos y diversos artículos, algunos de los cuales fueron recopilados y reunidos después, bajo el título Vida Municipal, por Augusto Belín Sarmiento, con la siguiente nota preliminar: “En forma de crónicas au jour le jour, aparece una serie de escritos de Sarmiento, de los que hemos conservado una mínima parte, como para reflejar el laudable aunque efímero esfuerzo que se hiciera en aquella época para revivir el poder municipal en su verdadero alcance, el que anulado durante los trastornos civiles y suprimido por la tiranía constituía entonces un desiderátum, era un eslabón desaparecido de la cadena de la tradición humana en sus instituciones primordiales (…)”.

En primer lugar, Belín Sarmiento ubica la célebre anécdota referente a la sesión de la Corporación presidida por el ministro de Gobierno Valentín Alsina, en la que este y varios de sus miembros competían en dotes oratorias, extendiéndose en temas ajenos a los vecinales y sin llegar a ninguna conclusión concreta acerca de estos.

Cuenta Sarmiento: “(…) y ya se puede imaginar el lector el carácter que irían tomando las discusiones. Torres, doy por caso, hacía oposición al gobierno. Mármol, como el Hércules de los Argonautas, creía que del lado en que él reinaba se inclinaba la nave del Estado. Alsina, pomposo ministro, proponía leyes nacionales a causa de una pobre inscripción en la Pirámide, mandada poner por el antiguo Cabildo. Prolongándose el debate y magnificándose el horizonte, repliqué una vez: ‘Es preciso no salir de nuestro humilde terreno: cuando el señor Alsina se siente en el Congreso propondrá leyes para honrar la memoria de los héroes de la Independencia; cuando el señor Mármol escriba la historia argentina, nos describirá esas escenas grandiosas; cuando el señor Torres se encuentre en la Legislatura, dirá esas cosas del gobierno; pero aquí estamos encargados, como municipales, del barrido de las calles y de sacar las basuras, y todas esas grandezas y retóricas amplificaciones están fuera de lugar’”.

Es necesario aclarar que los conceptos del prócer sanjuanino referentes al municipio bien pueden aplicarse actualmente y sin modificaciones a la comuna puesto que esta, en virtud de la gran expansión y evolución de la ciudad, constituye ahora lo que aquel constituía entonces, es decir, la división político-administrativa menor y básica. 

En este contexto, véase la actualidad de lo escrito el 8 de abril de 1856 a propósito de la institución municipal: “De presentir es que sus primeros pasos sean inseguros, y molesta la obra preparatoria de reglamentarse, distribuir su acción y de traer a sí, organizar los elementos diversos que deben entrar en su cometido; pero una vez andado este camino su influencia no tardará en hacerse sentir, en todo lo que contribuye a la comodidad, cultura, ornato y adelanto”.

Y prosigue: “Otra vez hemos notado con placer que es la población de Buenos Aires la más adelantada en espíritu municipal, que escasea en muchas ciudades americanas”.

Siempre con relación a la institución municipal, considera que “nadie puede prever desde ahora lo que en bien común puede hacer una corporación que estimule, reconcentre y dirija los esfuerzos y los deseos de los vecinos, para la consecución de muchos objetos de interés recíproco y que yacen abandonados, por más que apariencias ilusorias adormezcan la atención pública”.

La injerencia de la política en asuntos del municipio le inspira la siguiente reflexión: “Tiene además la institución municipal la ventaja de substraer sus atenciones a las preocupaciones políticas, que tuercen, no pocas veces, las mejores intenciones”.

Escribe también: “Es de observar mientras tanto el celo que anima a los señores municipales que concurren a las sesiones en su casi totalidad. Solo se muestran remisos los personajes políticos y aun eso abona a favor del espíritu que anima al cuerpo, pues es demasiado municipal para que se hallen en su centro de acción los que no están animados de ese espíritu. No tardarán algunos en renunciar funciones que tan mal les cuadran, y entonces el pueblo podrá obrar con más acierto en la elección de nuevos miembros”.

Este último párrafo pertenece al artículo titulado “Atribuciones Municipales” y publicado en El Nacional el 10 de abril de ese año, donde expresa, como era su costumbre, sin eufemismos: “Puede la Municipalidad ser, según se resuelva, una cuarta Cámara de deliberaciones, un segundo Consejo Consultivo, ocupado en discutir, proponer, desbarrar, y no arribar a nada positivo. Puede ser una reunión de agencias administrativas de los grandes intereses de la ciudad más rica y progresiva de la América española, obrando en su especialidad en lo administrativo, y coordinando su acción en lo dispositivo y reglamentario. Puede anularse el espíritu municipal de sus miembros, quitándoles toda espontaneidad y reduciendo su celo, sus conocimientos locales, su estudio y patriotismo a meros informantes para debates sin fin. Puede, por último, erigirse una Municipalidad activa que traiga a su seno por vías separadas y sin confundirlos todos los ramos de la administración que hoy obran dispersos, serenos, policía, empedrado, monumentos, paseos, escuelas, beneficencia, etcétera”.

Afirma asimismo que “el poder municipal es poder primordial, el único que han conocido las sociedades antiguas, el único que de los derechos romanos salvó de la barbarie de la conquista, el primero que se levantó en la edad media contra el feudalismo, hasta producir las libertades modernas”.

Lo hace en un artículo titulado “El poder municipal” y publicado el 11 de junio, donde además advierte: “Puede hacerse de la Municipalidad un consejo para auxiliar la acción de los empleados políticos como sucede en la monarquía francesa. Entonces es mejor cerrar las puertas al salón municipal. Ningún hombre que estime en algo su tiempo ha de perderlo en esas incumbencias”.

Observa, por otra parte: “Puede hacerse de ella el gobierno del pueblo por sí mismo, con sus recursos y sus hombres en cada localidad, y entonces tendremos desembarazado el Ejecutivo de cuidados nimios, obrando en su propia esfera la gestión de los negocios del Estado, y no los de calles, villas y ciudades”.

A continuación pregunta: “¿Quieren que haya espíritu público?”, para responder: “Denle campo para obrar”. Y cita un texto en cuyo último párrafo se hace evidente la identificación entre municipio y comuna: “Muchas veces sucede en Europa, observaba Tocqueville con este mismo motivo, que los gobernantes echan de menos todo espíritu municipal, porque todos están de acuerdo en que el espíritu municipal es un grande elemento de orden y tranquilidad pública; pero no saben cómo producirlo. Temen que haciendo independiente y fuerte a la Municipalidad se reparta el poder social, y quede expuesto a la anarquía el Estado. Ahora, quitad la fuerza y la independencia a la comuna y no encontraréis jamás ciudadanos sino administrados”.

Párrafos después cita nuevamente al pensador francés, diciendo que “la comuna es la asociación que está tan en la naturaleza, que donde quiera que haya hombres reunidos, se forma por sí mismo una comuna; que la sociedad municipal existe en todos los pueblos; que si los hombres crean monarquías y repúblicas, la comuna parece salir directamente de la mano de Dios; pero que si bien existe Municipalidad desde que existen hombres, la libertad comunal es cosa rara y frágil”.

En cuanto al “escabroso terreno de las competencias”, es abordado en otro artículo, titulado precisamente “Competencias” y publicado el 3 de noviembre de 1856, en el que manifiesta, entre otras cosas: “Mucho se ha hablado de independencia municipal, y nosotros nos contamos entre sus más ardientes sostenedores. Sin independencia la Municipalidad es una rueda inútil, un remedo de institución. Pero si le deseamos que no dependa la Municipalidad de otro poder extraño, quisiéramos que tuviese un poder en sí misma que la salvase de sus propios excesos”. 

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